A) ¿Qué requisitos tendrás que cumplir para
solicitar reinscripción a las asignaturas o módulos del semestre escolar
inmediato?
Se podrá solicitar reinscripción a las asignaturas
del semestre escolar inmediato una vez
que cumplan con los requisitos sigs:
- No adeudar más de tres asignaturas o determinado
número
- Seguir la seriación establecida en el plan de
estudios que estén cursando
- Que no rebase el plazo máximo establecido para
concluir su plan de estudios previsto en el Capítulo Tercero
- Que no se encuentre en los supuestos previstos en
el artículo 61, fracciones III, IV o V; a saber: Suspensión del derecho a
cursar una asignatura o módulo
hasta por un semestre, Baja temporal hasta por dos
semestres, Baja definitiva de la Universidad e imposibilidad de reingreso.
[Artículo 9]
B) ¿En qué casos podrás cursar la carga académica
máxima?
Si se ha cursado y acreditado, de forma regular, el
total de las asignaturas o módulos de los semestres anteriores, y que estas
estén disponibles para el registro en la plataforma.
[Artículo 24]
C) ¿En qué artículo se define la obligación de
entregar evidencias de aprendizaje inéditas?
en el Artículo 29.
D)- ¿Cuántas oportunidades tendrás para cursar una
asignatura?
Se tienen dos oportunidades, la ordinaria y el
recursamiento.
[Artículo 32]
E) Describe las condiciones por las que se puede
causar baja por inactividad en cualquiera de las asignaturas o módulos en los
que te hayas inscrito.
Por no entrar a las actividades, o que no se tenga
participación y se esté inactivo 21 días en la plataforma.
[Artículo 40]
F) ¿En qué plazo debes cubrir la totalidad del plan
de estudios?
Refiere el articulo 45 del Capítulo 8: "Los
estudiantes deberán cubrir la totalidad del plan de estudios en un plazo que no
excederá del 100% adicional al tiempo previsto, contado a partir de su
inscripción." ¡Pero no entiendo esta regla!
[Articulo 45]
G) ¿En qué artículos están plasmados los derechos,
las obligaciones y las causas de responsabilidad de los estudiantes?
en los artículos 57, 58 y 59.
en los artículos 57, 58 y 59.
DEL CÓDIGO ÉTICA DE LA UNADM
Las referencias a la propiedad intelectual de otras
personas se encuentran en el apartado 3 del documento, en un párrafo cuyo
título es "HONESTIDAD", puntualizando que para respetar la propiedad
intelectual de otras personas debemos otorgar el reconocimiento a las obras
creadas por otros.
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